Ni pobreza ni discapacidad podrán ser causa para separar a un menor de sus padres
- El Congreso blinda por ley que no sean factores a tener en cuenta.
- Aprobado el proyecto de Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia.
- Incluyen un Registro Unificado de Maltrato Infantil, que obliga a las comunidades y la Administración a establecer un sistema de información compartido.
La situación de pobreza no podrá ser un factor a tener en cuenta para separar a un menor de sus padres ni tampoco la discapacidad del niño o de alguno de sus progenitores. Así ha queda redactado en una enmienda transaccional de entre el medio centenar aprobadas e introducidas este lunes en el texto del proyecto de Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, que ha sido aprobada, con los votos del PP, por la Comisión de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad del Congreso de los Diputados. De esta forma, frente al texto original que establecía que «la situación de pobreza de los progenitores, tutores o guardadores no podrá ser la única circunstancia para valorar la situación de desamparo», en la nueva redacción acordada por PP, la Izquierda Plural y Grupo Parlamentario Mixto, se precisa más claramente que la pobreza «no podrá ser tenida en cuenta» para separar al menor de su familia.
Asimismo, el Grupo Popular y el Grupo Socialista han acordado mediante otra enmienda transaccional incluir en el articulado de la ley la disposición de desarrollar un Registro Unificado de Maltrato Infantil, que se suma a la obligación de las comunidades autónomas y la Administración General del Estado de establecer un sistema de información compartido que permita conocer la situación de la protección a los niños, niñas y adolescentes en España, con datos por género y discapacidad. Por otra parte, tras aprobarse las enmiendas transaccionales, el redactado de la norma incorpora una nueva disposición adicional por la que se garantiza la atención integral a jóvenes extutelados, concretamente, su formación en habilidades para propiciar su autonomía al cumplir los 18 años, el alojamiento y la formación para el empleo. Sobre las familias de acogida, el nuevo texto añade que las familias acogedoras tendrán «los mismos derechos» que la Administración reconoce al resto de unidades familiares pero también «las mismas obligaciones» respecto del menor acogido.
A su vez, la Comisión ha aprobado una enmienda transaccional de CiU y PP según la cual se añade un nuevo apartado referido a «las menores y las jóvenes sujetas a medidas de protección que estén embarazadas» y se dicta que «recibirán el asesoramiento y apoyo adecuados a su situación» y que en el plan individual que se realice a la menor se contemplará «la protección del recién nacido».
Al Pleno el 28 de mayo
El proyecto de Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, que deberá ser refrendado por el Pleno, previsiblemente el próximo 28 de mayo, para remitirlo al Senado, tiene el objetivo de agilizar los procesos de acogimiento y adopción para favorecer que los niños, especialmente los menores de tres años, permanezcan con una familia.
Además, con esta norma se crea la adopción abierta, que permitirá al menor mantener alguna clase de contacto con su familia biológica siempre que lo establezca un juez, y con el visto bueno tanto del propio adoptado como de las familias de procedencia y adoptiva. Igualmente, se regula el derecho al acceso a los orígenes de los adoptados, de forma que las entidades deberán conservar la información sobre el menor durante al menos 50 años.
Por otra parte, la norma reconoce como víctimas de violencia de género a los menores y prevé que puedan permanecer con sus madres y regula por primera vez los centros para menores con problemas de conducta. A su vez, el texto renueva el marco de protección de los menores, en especial de los que se encuentran en una situación más vulnerable, como el caso de los menores extranjeros, a los que se les reconocerán los derechos a la educación, asistencia sanitaria y acceso a los servicios sociales en las mismas condiciones que los españoles. A los menores con discapacidad se les garantizará plena accesibilidad, así como unos servicios sociales especializados y adaptados. En materia de prevención, se impone como requisito para ejercer profesiones que impliquen contacto son niños, no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, trata y explotación.
http://m.20minutos.es/noticia/2463375/0/congreso-aprueba/ley-proteccion/infancia-adolescencia/